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Zonificación

La gestión de un Parque Nacional exige la delimitación de diferentes zonas en el mismo. De esta delimitación surge el uso más o menos intenso que pueda realizarse en cada una de las zonas. Se organiza el territorio según las distintas actividades que se puedan llevar a cabo en función de las características ecológicas, estado de conservación y fragilidad de las diferentes áreas.

En la ZONIFICACIÓN de un Parque se determinan los usos permitidos y no permitidos en cada zona.

Esquema teórico de zonificación

Se establecen las siguientes zonas, ordenadas de mayor a menor grado de protección:

  • Zona de reserva: Zona cerrada al uso público. No está permitida la libre circulación de vehículos y personas. Tan sólo podrá accederse, previa autorización, por motivos científicos o de manejo del medio natural.
  • Zona de uso restringido: Acceso público regulado mediante permisos. No se pueden abandonar los senderos señalados, salvo en aquellos casos autorizados por la Administración del Parque.
  • Zona de uso moderado. Se admite el acceso con vehículos. Se trata de un área capaz de soportar el recreo al aire libre y actividades interpretativas.
  • Zona de uso especial: Alberga las construcciones y servicios esenciales para la administración del Parque y los visitantes.
  • Zonas de asentamientos tradicionales: Ante la circunstancia atípica de la existencia de un núcleo de población dentro de un parque, y con la finalidad de compatibilizar los objetivos del parque con un desarrollo urbano razonable y controlado y con la pervivencia de un estilo de vida tradicional, se podrá establecer una zona de asentamientos tradicionales que incluya aquellos núcleos y las áreas habitadas por población no dispersa, incluyendo sus zonas de servicios u áreas de cultivo aledañas.

 

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