Zonificación
La gestión de un Parque Nacional exige la delimitación de diferentes zonas en el mismo. De esta delimitación surge el uso más o menos intenso que pueda realizarse en cada una de las zonas. Se organiza el territorio según las distintas actividades que se puedan llevar a cabo en función de las características ecológicas, estado de conservación y fragilidad de las diferentes áreas.
En la ZONIFICACIÓN de un Parque se determinan los usos permitidos y no permitidos en cada zona.
Esquema teórico de zonificación 
Se establecen las siguientes zonas, ordenadas de mayor a menor grado de protección:
- Zona de reserva: Zona cerrada al uso público.
No está permitida la libre circulación de vehículos
y personas. Tan sólo podrá accederse, previa autorización,
por motivos científicos o de manejo del medio natural.
- Zona de uso restringido: Acceso público regulado
mediante permisos. No se pueden abandonar los senderos señalados,
salvo en aquellos casos autorizados por la Administración
del Parque.
- Zona de uso moderado. Se admite el acceso con vehículos.
Se trata de un área capaz de soportar el recreo al aire
libre y actividades interpretativas.
- Zona de uso especial: Alberga las construcciones y servicios
esenciales para la administración del Parque y los visitantes.
- Zonas de asentamientos tradicionales: Ante la circunstancia
atípica de la existencia de un núcleo de población
dentro de un parque, y con la finalidad de compatibilizar los
objetivos del parque con un desarrollo urbano razonable y controlado
y con la pervivencia de un estilo de vida tradicional, se podrá
establecer una zona de asentamientos tradicionales que incluya
aquellos núcleos y las áreas habitadas por población
no dispersa, incluyendo sus zonas de servicios u áreas
de cultivo aledañas.
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