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El Plan Director es el instrumento básico de coordinación para la consecución de los objetivos de la Red de Parques Nacionales, como queda establecido por la La Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales.
Define los criterios básicos para la planificación y conservación de la Red así como el programa de actuaciones comunes para alcanzar sus objetivos. También determina los objetivos en materia de cooperación y colaboración con otras Administraciones u organismos, los proyectos de interés general que podrán ser objeto de financiación estatal, las actuaciones necesarias para mantener la imagen y coherencia interna de la Red, y su seguimiento y evaluación.
El Plan actualmente vigente es el aprobado como Real Decreto por el Consejo de Ministros el día 26 de noviembre de 1999. La Sentencia que, sobre el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, dictó el Tribunal Constitucional en abril de 2005 dio validez jurídica y consolidó la constitucionalidad de la mayor parte de sus determinaciones. Durante el ejercicio 2007 se debía completar la vigencia del mencionado plan, no obstante, la disposición adicional tercera de la ley 5/2007 mantiene prorrogada su vigencia en tanto se elabora uno nuevo.
En este sentido se ha trabajado desde entonces en la redacción de un nuevo Plan Director, que sustituirá al actualmente vigente y que constituirá la normativa básica para la gestión de los Parques Nacionales, incluyendo tanto directrices como actuaciones futuras a realizar por la Red. Los últimos pasos antes de su aprobación definitiva fueron dados a finales de verano de 2011, al ser sometidos a información pública la versión preliminar del nuevo Plan Director de la Red de Parques Nacionales y su Informe de Sostenibilidad Ambiental.
Objetivos del Plan Director:
- Consolidar la Red de Parques Nacionales y potenciar su coherencia interna.
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Contribuir al sistema de protección y conservación de la naturaleza española incorporando los Parques Nacionales al conjunto de estrategias en conservación.
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Establecer las directrices necesarias en materia de conservación, uso público, investigación, formación, educación, sensibilización social y desarrollo sostenible.
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Favorecer el desarrollo de una conciencia ciudadana de aprecio por los Parques Nacionales y canalizar la participación social en el proceso de toma de decisiones.
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Definir y desarrollar el marco de cooperación y colaboración con las otras administraciones.
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Potenciar la imagen, y la proyección exterior de la Red de Parques Nacionales.
Seguimiento del Programa de Actuaciones:
El Plan Director (Real Decreto 1803/99, de 26 de noviembre) constituye el marco de referencia básico para la gestión y planificación de la Red de Parques Nacionales. Establece, además, una serie de objetivos a alcanzar durante su periodo de vigencia y un programa de actuaciones de carácter horizontal que debe desarrollar el Organismo Autónomo Parques Nacionales para lograr el cumplimiento de dichos objetivos.
Una pieza fundamental del Plan Director es el programa de seguimiento y evaluación del mismo, que permite conocer en cada momento el grado de avance en el que se encuentran las actuaciones programadas y en qué medida la gestión de la Red de Parques Nacionales se ajusta a las directrices generales del Plan. Además, la evaluación continuada contribuye a la detección de las posibles disfunciones del sistema así como a la reorientación de aquellas actuaciones en las que se observasen desviaciones con respecto a los objetivos establecidos. Por otro lado, las conclusiones del seguimiento y la evaluación son las claves sobre las que deben apoyarse las futuras revisiones del Plan Director.
El programa de seguimiento y evaluación del Plan Director, que comenzó a implantarse en el Organismo Autónomo Parques Nacionales a mediados del año 2002, considera los siguientes aspectos clave:
- Seguimiento del desarrollo de las actuaciones. Conocimiento actualizado, homogéneo y objetivo del grado de desarrollo de las actuaciones programadas y su concordancia con las directrices del Plan Director.
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Seguimiento de resultados de las actuaciones. Mantenimiento de un protocolo de seguimiento a medio y largo plazo para valorar en qué medida los resultados de las actuaciones programadas contribuyen a alcanzar los objetivos definidos por el Plan Director.
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Recopilación de iniciativas emprendidas en la Red de Parques Nacionales. Conocimiento sistemático de las iniciativas emprendidas en la Red de Parques Nacionales de manera que puedan incorporarse como un recurso al Plan Director y evaluarse desde las directrices emanadas de éste.
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Flujo de información. El flujo de información en la Red es un factor estratégico en el desarrollo del Plan Director, que requiere un potente banco de datos y sistema de información geográfico. La gestión de esta información redundará en una adecuada comunicación interna y difusión pública del Plan Director.
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Revisión del Plan Director. La revisión del Plan Director debe fundarse en una valoración objetiva, continuada y sistemática de las actuaciones, así como en el enriquecimiento, reformulación o adaptación de las directrices, a la vista de los resultados globales obtenidos.

Esquema del programa de seguimiento y evaluación del Plan Director.
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